El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado una querella del abogado Vicente Campaner contra el juez y el fiscal del caso Cursach por presunta prevaricación en concurso con encubrimiento y ha deducido testimonio de la querella para que se investigue si incurre en un delito de calumnias.
En un auto, la Sala Civil y Penal del TSJIB ha desestimado la querella del letrado contra el magistrado del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma, Manuel Penalva, y el fiscal Anticorrupción Miguel Ángel Subirán al considerar que los hechos en que se funda no constituyen delito, ha informado el TSJIB en un comunicado.
El encubrimiento que atribuye la querella al juez y al fiscal sería de la supuesta mentira de una testigo del caso Policía Local, de que ejercía de madame en un prostíbulo de Palma, cuando la vivienda no estaba habitada.
El tribunal asegura al respecto que esa mentira en instrucción no podría constituir falso testimonio porque ese delito solo se comete en el juicio oral.
En cuanto a la presunta prevaricación por haber denegado el juez una diligencia solicitada para comprobar la credibilidad de esa testigo, según el letrado «demuestra su no imparcialidad».
La diligencia era pedir a dos inmobiliarias si tenían en venta la vivienda que en esas fechas era un prostíbulo según la testigo y solicitar también facturas a compañías de agua y gas para comprobar si estaba o no habitada. El juez la denegó al no haberse aportado la dirección exacta ni la fuente de conocimiento de que la casa estaba inhabitada.
La Sala Civil y Penal del TSJIB afirma al respecto que «no se advierte una notoria y ostensible infracción de la ley, ni dolosa ni imprudente, en la providencia que se limita a aplicar lo que entiende exige el derecho».
El tribunal detalla que el juez solicitó al registro un certificado sobre la propiedad, algo que considera «un primer paso necesario para profundizar en toda investigación referida a la vivienda» porque «parece lógico, sensato y ajustado a derecho pensar que, prioritariamente, el propietario de la vivienda tenga algo importante que aportar a la cuestión suscitada».
En el mismo auto, los magistrados acceden a la petición de la Fiscalía de que se investigue si algunas de las expresiones que figuran en la querella son constitutivas de un delito de calumnias contra la sala.
Entre las frases que la fiscalía pidió que se analizaran figura «¿Ustedes, señores magistrados, se creen que el pueblo es estúpido? No, ya les digo que todos los ciudadanos saben lo que están haciendo, solo que no se atreven a reivindicarlo, que no es lo mismo».
También otra parte de la querella donde el letrado afirma que los magistrados «tendrán que afrontar responsabilidades disciplinarias y penales», por inadmitir todas las querellas «con el dictado de resoluciones injustas a sabiendas de su injusticia» y «por esa imputación directa y gratuita a los abogados sin ningún indicio que la sostenga».
Otras de las frases señaladas por la Fiscalía es que los magistrados «se empecinen en no investigar» que el juez y el fiscal «estaban al corriente» de que el testimonio de una testigo protegida de la causa «era falso» e «incluso participaban activa y pasivamente para que no se la descubriera para conseguir su objetivo: que en su momento se condenara a todos los que habían planeado condenar sin importar si eran culpables o no».