El hombre detenido por presuntamente acabar con la vida de su pareja en la localidad malagueña de La Viñuela ya fue condenado en 2012 a nueve meses de prisión por maltrato a su entonces compañera sentimental, aunque la pena fue suspendida hasta 2014 al no tener antecedentes. Además, volverá a ser juzgado en mayo por este mismo delito, caso en el que le piden nueve meses de cárcel por supuestamente dar dos puñetazos a su expareja.
Así lo han informado este jueves desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un comunicado tras recabar datos en los distintos juzgados tanto de Violencia sobre la Mujer como de lo Penal de Málaga sobre los procedimientos judiciales que ha tenido o tiene el investigado.
En el caso de la condena, el Juzgado de lo Penal número 13 de Málaga celebró un juicio contra él por un delito de malos tratos instruido en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3. La sentencia fue dictada el 8 de mayo de 2012 y se le condenó a nueve meses de prisión, dos años de prohibición de posesión y porte de armas y un año y nueve meses de prohibición de acercamiento a la que entonces era su pareja.
Desde el alto Tribunal andaluz han indicado que al carecer de antecedentes penales, la pena de prisión fue suspendida por un periodo de dos años que cumplió en octubre de 2014, mientras que la medida de alejamiento de la víctima finalizó en el año 2013 y la prohibición de posesión de armas en 2014. Esta ejecutoria fue archivada definitivamente al haber sido cumplida íntegramente.
Asimismo, han indicado que el Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga tiene previsto juzgarle el próximo 21 de mayo por la presunta comisión de un delito de malos tratos sobre su expareja, distinta de la anterior, por unos hechos ocurridos el 11 de mayo de 2016. Según el escrito de la Fiscalía y de la acusación particular, el acusado propinó dos puñetazos en el rostro de su expareja por la que ambas acusaciones solicitan una pena de nueve meses de prisión.
La denuncia fue instruida por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Málaga y se acumuló a otro procedimiento, derivando ambos en una causa. Dicho juzgado, han apuntado, dictó una orden de protección y prohibición de comunicación el 13 de mayo de 2016, medidas que actualmente siguen estando vigentes y no fueron quebrantadas en ningún momento por el acusado.
En este mismo juzgado se instruyeron unas Diligencias Urgentes en 2013 contra este hombre por malos tratos sobre esta misma expareja; causa que se acumuló a otras dos incoadas en ese mismo año a raíz de nuevos atestados.
Según el TSJA, fueron archivadas el 15 de julio de 2013 pues, «si bien los hechos denunciados revisten caracteres de delito, no aparece debidamente justificada la perpetración del mismo, acordando seguidamente su archivo por sobreseimiento provisional -artículo. 774 y 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal-», según se recoge en el auto.
Por su parte, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Málaga incoó dos causas contra el investigado en el año 2015. Una de ellas derivó en un juicio de faltas por injurias sobre la misma víctima anterior y la segunda en unas diligencias urgentes por malos tratos sobre la misma persona. Ambos procedimientos fueron sobreseídos por la negativa de la víctima a testificar, lo que motivó la finalización de todas las medidas cautelares impuestas.