El Juzgado de lo Penal número dos de Avilés ha condenado a un año y cuatro meses de prisión a la mujer acusada de trato degradante a su abuelo, al que había hecho creer que tenía un tumor cerebral. El Juzgado confirma el delito de trato degradante con agravante de parentesco y absuelve a la acusada del delito de homicidio por imprudencia grave, según han confirmado fuentes jurídicas a Europa Press.
La Fiscalía del Principado de Asturias había solicitado la condena a un año y nueve meses de cárcel para la acusada por haberle «aislado» de todo su entorno y hacerle creer que tenía un tumor a su abuelo de 94 años en Pravia. Él, vecino de Villaviciosa y ya fallecido, le entregó a su nieta 45.000 euros para curarse mientras ella manejaba todas sus cuentas bancarias.
Durante el juicio la mujer acusada de trato degradante a su abuelo lo negó en la vista celebrada el pasado 22 de enero en el Juzgado Número 2 de lo Penal de Avilés. Negó entonces que cambiara o siquiera suministrara la medicación al hombre, que falleció el 22 de abril de 2014 en el domicilio que compartía con la familia de la acusada en Agones (Pravia).
Desde que la mujer acogió a su abuelo en su domicilio, ella lo privó de todo contacto con sus familiares de Villaviciosa, así como de hablar con cualquier vecino. Le manejaba las cuentas y disponía de su dinero. Además, le hizo creer que padecía un tumor cerebral, lo que motivó que él le entregase de forma voluntaria a la acusada 45.000 euros para curarse.
Al mismo tiempo, era la acusada quien controlaba toda la medicación que se le suministraba. Sin autorización médica, ella le cambió la medicación y le suministró «sin necesidad» diariamente dos pastillas de Orfidal por la mañana con el desayuno y otras dos por la tarde a la hora de la merienda, así como tres gotas de Haloperidol, tres veces al día.
Desde el 15 de abril de 2014, esta medicación fue suministrada al anciano por la cuidadora contratada por la acusada, según las instrucciones que ésta le daba. En una ocasión, concretamente el 15 de abril de 2014, la acusada inmovilizó al hombre con una sábana y le sujetó con el brazo para suministrársela, ya que el hombre se negaba a tomarla.
Añade el fiscal en su escrito que el 22 de abril de 2014, la acusada recibió una llamada telefónica en la que se le informó de que el hombre tenía adjudicada una plaza en la Residencia de San Francisco de Villaviciosa, por lo que debía ser trasladado a la misma. A la hora de la comida, la acusada le suministró a su abuelo la medicación prescrita por el médico y lo hizo en dosis de rango terapéutico.
La asociación de benzodiacepinas con barbitúricos, sustancias detectadas toda ellas por estudio toxicológico, provocaron en el hombre un efecto secundario de depresión respiratoria, lo que asociado a su edad, le ocasionó la muerte.
No obstante, la Fiscalía considera que la muerte del hombre no puede imputarse al actuar imprudente de la acusada, ya que las muestras detectadas en el fallecido «derivan todas ellas de medicinas prescritas por el médico y en cantidad no sólo no letal, sino en rango terapéutico».
La acusación particular había elevado la petición de condena a tres años y suma otra por homicidio imprudente, de cuatro años. Esta fue ejercida por su expareja en nombre de su hija, menor de edad y heredera del fallecido junto a su madre.