Un juzgado de Vitoria ha condenado a 15 años de cárcel a un hombre por maltratar a su pareja menor de edad, a la que durante la relación propinó puñetazos, mordiscos, golpes e incluso la encerró en un baúl y amordazó para que no saliera de casa.
Según la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de la capital alavesa, el condenado inició, cuando tenía 29 años, una relación sentimental con su víctima, de 14, que se prolongó durante casi tres años y finalizó en octubre de 2013. Durante ese tiempo ambos estuvieron conviviendo en Gernika (Bizkaia), Haro (La Rioja) y Vitoria.
En esos años el acusado, que había sido pareja de la madre de la menor, la sometió a continuos insultos, menosprecios y agresiones como puñetazos, bofetadas, mordiscos y golpes.
En la sentencia se relatan diversos episodios como cuando el acusado encerró a la menor durante horas en un baúl hasta su vuelta a casa.
En otra ocasión, el agresor la amordazó y ató de pies y muñecas para que no saliera del domicilio. En este caso, lo hizo junto a otro acusado en este proceso que residía en la misma vivienda de Vitoria y que ha sido condenado a 2 años de cárcel, la pena mínima al entender el juez que también se convirtió en víctima.
A pesar de que el acusado negó todos los hechos y se limitó a decir que solo hubo «discusiones de pareja» y que la relación era buena, el fallo judicial considera probado el testimonio de la víctima, que denunció los hechos cuando tenía 16 años, y que era la única prueba de cargo contra el agresor.
El juez se apoya no obstante en el informe del médico forense, que ratificó que las lesiones que presentaba la menor se debían a mordiscos y golpes, y de una psicóloga, que aseguró que el acusado disfrutaba con el daño ajeno y que era capaz de insinuar la posibilidad de hacer «daño con una mirada para conseguir» lo que quería.
«Pocas veces una prueba pericial describe una situación delictiva de imposición de dolor y sadismo» como ésta, señala la sentencia en referencia al informe de la psicóloga.
Por ello el juez impone una condena a 15 años de cárcel por un delito de maltrato habitual, dos de detención ilegal (cuando la metió en el baúl al menos en dos ocasiones), otro de violencia de género, uno de amenazas leves, otro de maltrato y por último uno de lesiones.
El juzgado no aplica ninguna atenuante, sino al contrario, las penas máximas, al considerar que aunque consumiera drogas éstas no afectaron a sus facultades mentales. «Son conductas frías, sádicas, no conductas motivadas por la afectación de un tóxico», recalca el texto.
Además de la pena de cárcel, tendrá que hacer 240 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad y pagar 10.000 euros por el daño causado aunque el juzgado reconoce que «ninguna indemnización podrá compensar el sufrimiento sufrido» por la menor, a la que el «temor» la llevó a abandonar el país y ser objeto de una orden de protección aún vigente por su miedo a que su agresor fuera en su búsqueda.