La Audiencia de Palma ha condenado a una compañía de seguros a pagar 61.680 euros de indemnización a un motorista por los daños sufridos en un accidente ocurrido en la rotonda entre las avenidas de La Paz y San Juan de Ibiza en junio de 2011, por incapacidad total para seguir trabajando como mecánico.
La sección quinta del tribunal provincial ha admitido parcialmente el recurso planteado por el motorista contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ibiza que había condenado a la empresa a pagarle 54.423 euros, el punto medio de la horquilla que fija el baremo el año que ocurrió el accidente y ha incrementado dicha cuantía en otros 7.256 euros más.
Como consecuencia del accidente, el motorista, que tenía entonces 24 años, sufrió una lesión en el brazo derecho, con el que ha perdido la fuerza, además de parte de su capacidad de movimiento, una vez agotados todos los tratamientos médicos posibles, por lo que fue declarado incapacitado permanente en grado total para su profesión habitual de mecánico.
La aseguradora recurrió por estar disconforme con la sentencia al considerar que la incapacidad debería ser parcial y no total, dadas la secuelas, la falta prueba del daño moral causado y porque la víctima es un joven sin cargas familiares que considera que puede incorporarse a un sinfín de trabajos o negocios.
Por su parte la víctima recurrió para solicitar el incremento de la indemnización hasta su máximo porque las secuelas le impiden realizar su actividad laboral y todas aquellas que requieran esfuerzo en el brazo derecho, siendo diestro, y además sufre dolor y limitación de movilidad que le impide actos ordinarios como peinarse o conducir moto.
Pide que se le aplique la regla proporcional por los años de vida laboral que le faltan y ser indemnizado con 75.354 euros.
La sala considera obvio el daño moral causado al impedirle de modo permanente dedicarse a su empleo y reducir el ámbito laboral al que puede optar.
Atendiendo a la edad de la víctima, 24 años, el tribunal tiene en cuenta para fijar la indemnización que si bien le permite hipotéticamente reciclarse en otra actividad, también indica que le restaban muchos años de vida laboral en la actividad frustrada por el accidente.
El tribunal considera que la indemnización debe incrementarse hasta un 60 % de la horquilla del baremo y la fija en 61.680 euros.