La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a dos años de cárcel a la cuidadora de un hombre de 85 años, que padecía parkinson y demencia, por aprovechar la situación del anciano para decidir libremente sobre la disposición de sus bienes y urdir un plan para conseguir dinero a costa de la vivienda del perjudicado.
La sentencia impone asimismo a la acusada, Carmen V.O., una multa de 1.680 euros, mientras que absuelve a los cuatro intermediarios que intervinieron en las distintas operaciones llevadas a cabo y contra quienes la Fiscalía dirigía acciones penales. El tribunal considera que no ha quedado acreditado que ninguno de ellos conociera la verdadera intención de la procesada.
Tal y como relata la Sección Primera, el anciano, quien falleció durante la instrucción de este procedimiento judicial, fue declarado incapacitado por sentencia en 2010, lo que se extendió a cualquier acto de administración o disposición de su patrimonio. Así, para tales funciones fue designada la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios.
Ante esta situación, la acusada, guiada por el propósito de enriquecerse libremente y aprovechando la limitación de las capacidades psico-volitivas del enfermo, logró que éste le otorgara un poder notarial que le autorizaba para proceder a la venta o gravamen de su vivienda, ubicada en la calle Viver de Palma.
Fue así como a finales de 2010 comenzó a realizar negocios jurídicos en nombre del incapaz y, a tales efectos, contactó con dos de los acusados, uno de ellos dedicado a la intermediación inmobiliaria y el otro a inversiones, ofreciéndoles el inmueble como garantía de un préstamo dinerario.
La cuidadora vendió a los pocos días el inmueble a la sociedad de uno de los inculpados por un importe declarado de 99.500 euros, superior al realmente recibido (77.000). Tras ello, las partes firmaron un documento privado por el que la entidad vendía la vivienda al anciano por 120.000 euros.
No obstante, Carmen V.O. nunca llegó a recomprar la vivienda para reintegrarla en el patrimonio del perjudicado, sino que con posterioridad a esta primera operación y aprovechando la disponibilidad temporal que disponía sobre la casa, llevó a cabo las actuaciones necesarias para buscar un segundo comprador por un mayor precio, lo que logró con la colaboración de los dos inculpados restantes.
El inmueble fue así vendido a una compradora, personada como acusación particular en este proceso, por 163.000 euros, de los que 30.000 fueron cobrados por la cuidadora. La acusada incorporó a su patrimonio lo obtenido en ambas operaciones por un total de 107.000 euros, cantidad que nunca entregó a favor del anciano ni destinó a beneficio de éste.
En este proceso judicial también estaba personada la asociación Aldaba en representación del perjudicado, tras cuyo fallecimiento la entidad retiró sus acusaciones. Por este motivo, la Fiscalía y la compradora de la vivienda solicitaron que ésta fuese declarada tercera adquiriente de buena fe y se le hiciera entrega de la posesión definitiva del inmueble. La acusada deberá además indemnizarle con 10.021 euros.