La Audiencia de Palma ha condenado este viernes a una pareja, con penas de 9 años de prisión para el hombre y de 7 para la mujer, por tentativa de homicidio y robo con violencia, por agredir a un hombre de 49 años tras convencerle para que les llevara a su domicilio de Palma.
Para fijar la pena, el tribunal ha tenido en cuenta «la frialdad, la falta de empatía y de gratitud» de los jóvenes hacia la víctima, quien les había ofrecido su casa y los acusa de «maldad desplegada sin ambages».
En la sentencia, el tribunal provincial considera probado que los acusados, ambos de 22 años y de nacionalidad letona, mantenían una estrecha relación personal y se concertaron para obtener un beneficio económico ilícito durante unas vacaciones que pasaron en Mallorca.
En la noche del 22 de noviembre de 2015, la joven entabló conversación en inglés con la víctima en un bar de Palma y le contó que a ella y un amigo que estaban de vacaciones en la isla les habían robado. El hombre le compró agua y comida y le ofreció su casa, a lo que ella accedió si recogían a su amigo, al que fueron a buscar al puerto.
Ya en la vivienda, los tres consumieron alcohol y drogas y los jóvenes convencieron a la víctima para que se fuera a su habitación con la chica para mantener relaciones sexuales. Se besaron y acariciaron pero la relación cesó cuando ella mordió al hombre.
Una vez de nuevo los tres en el salón de la vivienda, ella se dirigió al joven en un idioma que la víctima no conocía, tras lo cual el joven agredió al hombre con un cúter y le cortó en la cara y el cuello.
Cuando la víctima les pidió que llamaran a emergencias, el joven le respondió que cuando llegara la ambulancia ya estaría muerto. El hombre logró escapar de la vivienda, perseguido por el joven, que le golpeó en la cara y lo tiró al suelo, donde fue ayudado por unos vecinos.
El joven regresó a la casa, de la que se llevó una tarjeta de crédito y una libreta bancaria de la víctima, dinero, un ordenador portátil, las llaves y un móvil, antes de huir con la joven y coger un taxi, en el que fueron interceptados por la policía.
La víctima sufrió lesiones de las que tardó 31 días en curar y que le han dejado cicatrices en la cara, el cuello y una muñeca.
El tribunal considera convincente y sin contradicciones la declaración de la víctima sobre lo ocurrido y «plenamente corroborada por pruebas objetivas» como el parte de lesiones, los restos de ADN de la víctima en un cúter incautado al acusado, los testimonios de los vecinos y la inspección ocular que hizo la policía en el domicilio.
Los jueces de la sección segunda recuerdan en la sentencia que durante el juicio, el acusado se acogió a su derecho a no declarar. Añaden que, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuando hay pruebas serias de un delito, la ausencia de una explicación alternativa razonable por parte del acusado, puede permitir obtener la conclusión de que dicha explicación alternativa no existe.
La joven sí declaró, admitió haber contactado con el hombre, haber estado en su vivienda y que llevaban un cúter, pero negó que la relación con el hombre fuera consentida, así como el robo ni que planeara con su amigo y actual pareja cometer ningún delito.
El tribunal cree que los jóvenes tenían «necesidades económicas» para continuar su estancia en Mallorca y que ella «sirvió de gancho» para contactar con una persona y entrar en su casa. Una vez allí considera que «fue la frase en idioma extranjero expresada por ella la que determinó de inmediato el comienzo de la agresión» con el cúter.