El Supremo ha ratificado la condena de seis años de cárcel al pintor que vendió diez viviendas sin ningún tipo de licencia en el Rafal. El procesado recurrió la sentencia, pero el Alto Tribunal ha desestimado el recurso presentado por el acusado. La sala no admite el motivo alegado por su defensa para la aplicación de la atenuante muy cualificada de la reparación del daño. La Audiencia de Palma absolvió a otros dos implicados.
El principal acusado adquirió la finca en 2004. Era una antigua panadería de la calle Vivero de Palma. La planta baja disponía de un corral y tenía 360 metros cuadrados. Hizo una reforma, sin licencia municipal ni intervención de arquitecto o técnico, para dividirla en diez casas y las vendió por precios que rondaban los 100.000 euros. Años más tarde, los compradores empezaron a notar desperfectos. Al intentar repararlos, comprobaron que sus domicilios eran, en realidad, ilegales.
El reo tendrá que abonar indemnizaciones que suman más de 700.000 euros a los afectados. «Existen méritos para apreciar la atenuante de reparación del daño, pero no para estimarla como muy cualificada, en cuanto que no se observa una especial o superior intensidad en el hecho de pagar parcialmente lo que las víctimas perjudicadas reclaman», aclara en la sentencia el Tribunal Supremo.