Síguenos F Y T L I T R

Indemnizan con 14.000 euros a mujer que se rompió la nariz y un pie al caerse en un párking

| Palma |

La Audiencia de Palma ha confirmado la condena a la empresa propietaria de un aparcamiento de las Avenidas de Palma y a su aseguradora a pagar una indemnización a una mujer que se cayó al patinar en una mancha de aceite y se rompió la nariz y un hueso del pie, y que percibirá 13.979 euros.

La sección tercera de la Audiencia de Palma ha desestimado el recurso que planteó la mujer solicitando un incremento de la indemnización por el lucro cesante de no haber podido reincorporarse a su trabajo como comadrona en una clínica tras las lesiones que sufrió, pero ha confirmado que será indemnizada por los daños.

El tribunal ha estimado parcialmente el recurso planteado por la empresa propietaria del aparcamiento y su compañía de seguros en la cuantificación de las secuelas y de los intereses, y ha rebajado a 13.979 euros la indemnización, que en un principio se había fijado en 15.214 euros.

La sección número 3 de la Audiencia considera acreditado que la mujer sufrió una caída en el aparcamiento el 19 de marzo de 2012 cuando bajaba de su vehículo, debido a la existencia de una mancha de aceite en el suelo, junto al sitio donde había aparcado.

El tribunal asegura que la causa del accidente fue la falta de un adecuado cuidado de las instalaciones por parte de la gestora del aparcamiento para evitar que se acumule suciedad o bien para detectar y retirar si se produce algún derramamiento de aceite o, al menos, «señalar su presencia para que no constituya un peligro para los usuarios».

La sentencia recuerda que, a consecuencia de la caída, la mujer sufrió dolor cervical, fractura de los huesos de la nariz y del quinto metatarsiano del pie izquierdo, lesiones de las que tardó 135 días en curar.

La discrepancia entre los informes que valoran los daños sufridos por la mujer radican en si la cojera y uso de bastón posterior al accidente fue causado por la caída o se debe al exceso de peso de la mujer y sus lesiones degenerativas.

El tribunal concluye que el baremo de tráfico que se ha utilizado para valorar las lesiones no incluye la artrosis postraumática en el pie como la que sufre la demandante.

La sala desestima indemnizar a la mujer por el lucro cesante de no haberse reincorporado a su trabajo porque considera que falta una relación clara entre la cojera que sufre y el accidente.

Lo más visto