La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a Jonathan Moya a penas que suman 23 años y 7 meses de prisión por la detención ilegal y asesinato del bebé Miriam Cuerda, a la que golpeó y asfixió tras mantenerla retenida durante cuatro días en diciembre de 2012.
El magistrado de la Sección Tercera, Luis Durbán, impone a Moya una pena de 5 años y 7 meses de cárcel por el delito de detención ilegal y otra de 18 años por el delito de asesinato con alevosía, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.
Asimismo, le ha impuesto el pago de una indemnización de 300.000 euros para Gema María Cuerda, la madre de la niña de 16 meses, a la que no podrá aproximarse a menos de 500 metros durante 43 años.
Moya convenció a Gema María, que vivía en La Palma del Condado (Huela) y con quien había mantenido una relación, de que viajara hasta Almería con la bebé, asegurándole que iba a regalarle un traje de bautizo.
El magistrado recuerda en la sentencia que el jurado popular que enjuició a Moya declaró probado por unanimidad que el procesado abandonó a Gema María el 20 de diciembre de 2012 en un paraje deshabitado cercano a la localidad almeriense de Nacimiento y se llevó a la niña.
Posteriormente, retuvo a la menor en un cortijo situado en Fiñana (Almería) siguiendo un plan «preconcebido» y le golpeó en la cabeza en reiteradas ocasiones con un objeto contundente y plano, de forma que, según los informes forenses, se detectaron 22 signos de violencia externa.
Debido a los golpes, la menor quedó gravemente herida e inconsciente y, todavía con vida, la envolvió en plástico transparente, tapándole la boca y la nariz, por lo que falleció entre las últimas horas del día 24 y las primeras del 25 «como consecuencia del traumatismo craneoencefálico y de la asfixia», según la sentencia.
El magistrado señala en su fallo la «frialdad de ánimo, la reflexión y persistencia en la resolución criminal con que el acusado cometió los hechos» y que actuó «con la intención de quitar la vida a la menor».
Hace hincapié en la duración de la privación de libertad, que superó los cuatro días, y en las «pésimas condiciones higiénicas y de alimentación en que la menor estuvo durante ese período en el cortijo, carente incluso de cuarto de baño».
La sentencia señala la actitud «obstaculizadora» del acusado en la fase de instrucción, ya que ofreció sucesivas versiones de los hechos, que hubieron de ser comprobadas mediante investigaciones suplementarias, «con el consiguiente retraso en la tramitación».
También refleja que el hecho de que Moya ocultase el cadáver «en una bolsa que sumergió con piedras en una balsa de riego», complicó la recuperación de los restos y la investigación de los hechos.
La sentencia no es firme, por lo que cabe presentar un recurso de casación contra ella ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el plazo de 10 días.