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El jurado condena a Baptista por homicidio con dolo eventual en la muerte de Abel Ureña

El ministerio público se ve obligado a rebajar la pena a casi diez años mientras que la defensa pide dos años y medio

El portugués Paulo Cesar Martins Baptista escuchando el veredicto, ayer por la tarde. | Alejandro Sepúlveda

| Palma |

El tribunal del jurado leyó ayer por la tarde su veredicto en el caso del juicio contra el portugués Paulo Cesar Martins Baptista por la muerte, en el verano de 2011, de su compañero de trabajo Abel Ureña, que falleció a consecuencia de un puñetazo que el primero le asestó en el Ushuaïa Beach Club. Los miembros del jurado lo han considerado culpable de homicidio con dos atenuantes, uno muy cualificado, lo que le podría suponer una pena máxima de prisión de diez años. En su veredicto, el jurado señala que cuando asestó a Ureña el puñetazo que acabó resultando mortal tras dos semanas en la UCI no se podía figurar un desenlace fatal, si bien al hacerlo decidió asumir el riesgo. Según los miembros del jurado, Baptista no pensaba matar a Ureña, pero al golpearlo asumió el riesgo de que éste pudiera fallecer. Por esta razón, el tribunal no lo condena ni por homicidio imprudente (de uno a cuatro años de cárcel) ni por homicidio con dolo directo.

Además, el jurado admite dos atenuantes. Una cualificada y la otra simple. La primera consiste en el hecho de que, según el jurado, Baptista golpeó a Ureña después de que éste realizara dos pases de droga a dos clientes del Usuahïa Beach Club por indicación de la novia del primero. «La profunda aversión a las drogas que tenía el acusado provocó un bloqueo de su conciencia y determinó casi con plenitud su comportamiento», señala el jurado en su veredicto. En cuanto al atenuante simple, se refiere al hecho de que el acusado ingresara dinero con el objeto de resarcir a la familia de la víctima.

El jurado ha rechazado otros dos atenuantes que reclamaba la defensa, uno por dilaciones indebidas y el otro por confesión.

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