La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a cinco años y cuatro meses de prisión a un hombre por abusar sexualmente, entre 1999 y el mes de agosto de 2002, de sus dos nietas cuando ambas se encontraban bajo su cuidado en su vivienda de Felanitx, mientras que han sido absueltos tanto la abuela como los padres de las menores.
El tribunal de la Sección Segunda impone además a Joaquín S.B. el pago de dos mil euros a cada una de ellas como indemnización por los perjuicios causados, al tiempo que le prohíbe durante cinco años aproximarse a ellas a menos de un kilómetro o comunicarse de cualquier forma con ambas.
La resolución judicial recuerda cómo el Joaquín S.B. «les pellizcaba, manoseaba y tocaba por todo el cuerpo», incluidos las zonas genitalesx, si bien no declara probado que estos hechos fuesen consentidos por la abuela de las menores, quienes sufrieron secuelas que han precisado de tratamiento psicoterapéutico.
Participación de la abuela
Una sentencia cuyo relato de los hechos contrasta con lo apuntado por la Fiscalía y la acusación particular, que sostenían también que el acusado también abusó sexualmente del hermano de las menores y que su abuela lo observaba e incluso sujetaba tapándole la boca, lo cual era conocido por la madre del niño, quien «también le realizaba tocamientos por todo el cuerpo y hacía que le tocara a ella los pechos y la vagina».
Dejando además, según las acusaciones, que terceras personas abusaran del menor a cambio de dinero y que el padre de éste, también por dinero, permitió que terceras personas no identificadas «sodomizaran a su hijo».
Unas «gravísimas» imputaciones que fueron sustentadas tanto por la declaración del niño como por los diversos psicólogos y profesionales que le entrevistaron, a pesar de que durante el juicio el presunto perjudicado, con 18 años ya cumplidos, negó que fuese verdad lo que había dicho en años anteriores, sin extenderse sin embargo «en explicaciones sobre su nueva postura» y reiterando que en su momento «me lo inventé» y «mentí».
Según aseguró en la vista oral, se retractaba sólo en lo que a los abusos se refiere pero no en la «falta de cuidados», y que no sabía por qué dijo lo que dijo, que «estaba presionado» y que, de lo que le dijeron sus hermanas sobre la situación de éstas, «no tenía ni idea».
Ante todo esto, el tribunal considera que «algo ocurrió» con el menor, quien «puso haber sido abusado y seguramente lo fue», si bien asevera que «no podemos establecer cómo y por quién o por quiénes». «De lo que sí estamos seguros es de que ya en 2004, cuando empezó a contar lo que contó, no quería volver con ningún componente de su familia biológica y que por ello exageró añadiendo cada vez nuevos episodios y partícipes», añade la sentencia.
En cuanto a las hermanas, las acusaciones mantenían que sufrieron abusos tanto por Joaquín S.B. como por su madre, quien, según sostenían, «consintió que fueran abusadas por terceros, al igual que lo hizo su abuela, que conocía los abusos que cometía su marido, que habría llegado incluso a introducirles dedos en la vagina y en el ano de las niñas y a meter su pene en la boca» de una de ellas.
Tras desarrollar en la resolución el acervo probatorio desplegado en el juicio, el tribunal afirma, no obstante, que «lo único que estamos en condiciones de declarar probado» es que las niñas sufrieron malos tratos y abusos, pero sin saber «por quién y cómo fueron abusadas».
Acreditados malos tratos físicos
Es más, la Sala añade que «malos tratos físicos de la madre biológica a las niñas también los consideramos acreditados, aunque sin conocer la intensidad y la cantidad de los mismos, y por tanto sin poder sentar como probada la habitualidad», toda vez que considera que el hecho de que ésta abusara de sus hijas «es probable pero no tenemos certeza». Asimismo, apunta que si la madre fue quien favoreció que los extraños abusaran de las niñas «es posible pero no podemos establecer que fuera ella o su entonces compañero».
Finalmente, en cuanto a la abuela, la sentencia señala que el hecho de que supiera y conociera esos abusos -los del abuelo-, «aunque es probable no lo podemos asegurar».