La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha confirmado los dos años de prisión que fueron impuestos el pasado mes de abril contra el camionero Andrés Cabot, que el 24 de abril de 2007 atropelló a dos azafatas de nacionalidad búlgara en el Paseo Marítimo de Palma, incidente que provocó la muerte de una de ellas y la amputación de una pierna a la otra.
En la resolución judicial, el tribunal desestima el recurso de apelación que interpuso la defensa del condenado, ejercida por Fernando Mateas, quien pedía su libre absolución al atribuir un error en la consideración de las distintas pruebas realizadas en cuanto a la ingesta de alcohol y cocaína antes de que ocurrieran los hechos, y sobre la velocidad a la que circulaba el conductor.
En concreto, la sentencia recurrida, que fue emitida por el Juzgado de lo Penal número 1, considera a Cabot autor de un delito contra la seguridad del tráfico en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones por imprudencia grave, por los que se enfrenta a una pena inferior a los cuatro años que fueron solicitados por la Fiscalía y los cinco pedidos por la acusación particular. El reo se enfrenta además a seis años de inhabilitación para conducir vehículos a motor y ciclomotores.
Tal y como relataba el fallo, sobre las 7.45 horas Cabot circulaba por la Avenida Gabriel Roca en dirección a Andratx, a velocidad excesiva y tras haber ingerido bebidas alcohólicas y cocaína, lo que había mermado sus facultades físicas y psíquicas y había disminuido su capacidad de reflejos, atención y percepción en el desarrollo de una actividad «peligrosa» como es la conducción.
Sin embargo, la defensa alegó que la tasa de alcohol no tuvo una incidencia directa en la comisión del delito así como la de cocaína. No obstante, el tribunal de la Sección Segunda considera en su sentencia que el consumo de ambas sustancias previo a la conducción resulta «probado, indubitado e incontrovertible», y su influencia en el momento del accidente resulta «acreditada» tanto por la tasa detectada como por la confesión del acusado y la declaración de varios testigos.
En cuanto a la velocidad a la que circulaba Cabot, el tribunal asevera que «no consta en absoluto» que la causa del vuelco fuera el desplazamiento de la carga del remolque o su inadecuada distribución en su interior.
ATROPELLO MORTAL
Como consecuencia de estas circunstancias, en la curva situada en la calle Porto Pi, el acusado perdió el control del vehículo de modo que cuando se encontraba girando, el remolque que arrastraba volcó a la izquierda y arrolló a Rosana Ivanova Dineva y Galabina Vasileva, que estaban a punto de cruzar un paso de peatones. La primera de ellas, de 37 años, quedó bajo el remolque, lo que le causó un politraumatismo que le provocó la muerte.
En el caso de Vasileva, de 30 años, salió proyectada hacia la mediana e impactó contra el semáforo, lo que le provocó numerosas lesiones y secuelas que precisaron tratamiento quirúrgico, rehabilitador y farmacológico, como la amputación de su pierna derecha, y por las que ya fue indemnizada por la compañía aseguradora, de modo que renunció a las acciones civiles que pudieron corresponderle, al igual que los familiares de la fallecida.
En cuanto al conductor homicida, la resolución recordaba que fue sometido a las pruebas de detección alcohólica que arrojaron un resultado positivo de 0,44 en el primer test y 0,41 en el segundo, mientras que en la analítica de detección de sustancias estupefacientes ofreció un resultado positivo en cocaína.
Cabot deberá además indemnizar a Vasileva por todos los gastos asistenciales derivados de las actuaciones médicas o quirúrgicas a raíz del trastorno traumático sufrido. El condenado ya estuvo privado de libertad por esta causa entre el 24 de abril y el 1 de junio de 2007.