El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de diez años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Palma contra un hombre que apuñaló al amante de su mujer y violó a ésta tras sorprenderlos a ambos en la cama.
El ataque tuvo lugar en Palma en enero de 2006. El condenado llegó a su casa en torno a las tres de la tarde. Hacía unas semanas que no dormía con su mujer, pues ésta le había dicho que quería separarse de él. Cuando llegó a la habitación vio a su mujer y otro hombre en la cama. Apuñaló al hombre en la espalda y sacó a la mujer al pasillo, donde abusó de ella. Las dos víctimas lograron encerrarse en el cuarto. El agresor llamó por teléfono a la esposa del amante de su mujer y, posteriormente, se entregó a la policía.
En su recurso ante el Supremo, la defensa del condenado pedía que se tuviera en cuenta que actuó por un «arrebato». Sin embargo, la Sala responde que actuó «de forma premeditada» ya que llegó a descalzarse para no hacer ruido, lo que excluye que existiera un «disturbio emocional».
También rechaza el Supremo la concesión del atenuante de confesión, dado que cuando fue a la policía, únicamente dijo que había cometido un apuñalamiento, y en ningún caso admitió haber agredido sexualmente a su mujer. Otro argumento de la defensa para tratar de rebajar la pena de diez años de cárcel fue intentar calificar los hechos como un delito contra la integridad moral. El Supremo da la razón a la Sección Segunda de la Audiencia al calificarlos como agresión sexual, dado que existió intimidación en todo momento y se produjo introducción de miembros corporales.