El vecino de sa Pobla que encerró durante un año a su compañera sentimental en la vivienda que ambos compartían pasará seis años en prisión, tras declararse culpable de los delitos de detención ilegal y de malos tratos habituales. Desde el uno de julio de 2006, Mohamed I. retuvo a su pareja durante un año completo y la agredió en numerosas ocasiones. El encierro sólo se interrumpió de forma momentánea a finales de mayo de 2007, cuando la mujer acudió al Hospital Comarcal de Inca para dar a luz. Es decir, la víctima pasó todo el embarazo en el encierro.
Mohamed I, de nacionalidad marroquí y de 48 años de edad, colocó cadenas en la ventana de la vivienda, situada en la calle Marina 69 de Sa Pobla, y cerraba con llave la puerta para impedir salir a la mujer a la calle. Ésta, también marroquí, llegó a estar encerrada durante varios en su propia habitación, aunque, en ocasiones podía salir al patio de la vivienda, situada en un bajo.
El periodo más largo en el que la víctima estuvo fuera de la casa fue durante el parto. Sin embargo, no aprovechó el ingreso hospitalario para denunciar la situación, que sólo se descubrió cuando el hijo de la pareja tenía 23 días y vivía en la casa. Según el escrito de acusación, el 1 de julio de 2007, los malos tratos habituales fueron a mayores cuando el hombre propinó una fuerte paliza a la mujer.
Como consecuencia de la agresión, la víctima presentó diversos hematomas y heridas en el cuello, brazos y muslos y fractura en el cúbito, por lo que tuvo que ser ingresada y operada. En esos exámenes médicos se descubrieron otras heridas ya en proceso de cicatrización, lo que apuntaba a agresiones anteriores. A raíz de esta agresión la víctima consiguió librarse del encierro. También con esa fecha, el agresor fue detenido y, desde ese día, permanece ingresado en prisión.
En el juicio, que se celebró ayer por la mañana en la Sala Segunda de la Audiencia Provincial de Palma, la defensa del acusado, la Fiscalía y la acusación particular alcanzaron un acuerdo por el que se fija una pena de seis años de cárcel para el encausado. La acusación pública pedía en su escrito inicial una pena de quince años de prisión por delitos de detención ilegal con el agravante de parentesco, malos tratos habituales y lesiones. En la pena definitiva se mantienen los dos primeros tipos y se elimina el tercero. Además de la condena de privación de libertad, Mohamed I. tiene una orden de alejamiento a su ex pareja durante cinco años y en ese mismo periodo no podrá llevar armas. También se le impone el pago de una indemnización de cuatrocientos euros por los daños causados a la víctima en la agresión por la que fue ingresada. La cifra económica queda muy por debajo de los 12.000 que en un primer momento solicitaba la acusación pública.
Asistido por una intérprete, el acusado certificó su conformidad con la sentencia, aunque, al oír la pena de alejamiento espetó: «Yo no me acercaré a ella, pero que ella tampoco se acerque a mí».