En el orden civil, deberá indemnizar a los trabajadores por todo el dinero que no les pagó mientras les tenía contratados, en total cerca de 2.000 euros. Los hechos se remontan al año 2003. Con la llegada del verano, el empresario contrató a dos hombres «sabiendo que eran inmigrante ilegales, carentes de residencia y permiso de trabajo, sin efectuar ninguna actuación administrativa tendente a regularizar su situación ni inscribirles como alta en la Seguridad Social», afirma la sentencia.
Los empleados tenían un horario de 14 horas con un día de descanso semanal. Uno de ellos realizaba labores de cocina, camarero, limpieza, acondicionamiento del local y recarga de productos de cámaras, trabajos por los que cobraba 1.500 euros mensuales. Según el juez, este hombre «fue despedido sin aviso alguno, de forma repentina y so pretexto de haberle robado cinco botellas de vino» y «a sabiendas de que tenía una esposa e hija corta edad dependientes económicamente de él».
Además, el juez afirma que el empresario no le pagó el trabajo efectuado en el último mes en el que estuvo contratado. El segundo trabajador fue despedido cuando apenas llevaba cinco días empleado, y no llegó a cobrar nada. El juez considera que el contrato merece la calificación jurisprudencial de «contrato esclavo» y que «lesiona la dignidad de la persona».