La Audiencia de Palma ha condenado a una empresa de seguridad por no detectar un robo que se estaba cometiendo en una tienda de souvenir de la calle San Ignacio, que había contratado sus servicios. La empresa tendrá que indemnizar a la compañía de seguros, que tuvo que pagar a la comerciante el valor de los objetos que le sustrajeron en este robo, sobre todo valiosos equipos informáticos. El tribunal de la Sección Quinta confirma la responsabilidad de la compañía de seguridad, y se ratifica una sentencia que dictó un juez de primera instancia.
Los hechos ocurrieron en Palma el día 3 de noviembre de 1996 en Palma. Unas personas desconocidas accedieron a la planta baja en la que se ubica el comercio y lo hicieron tras realizar un butrón en la pared trasera del inmueble. Esta pared era colindante con un edificio en construcción, que además estaba vallado.
Una vez dentro del comercio los delincuentes taparon un sensor de seguridad con un papel de aluminio. Ello provocó, según resalta la sentencia, que sonara en una ocasión la alarma en la central de la empresa de seguridad. Sin embargo, al instante se desactivó el sistema de seguridad y no volvió a sonar más dicha alarma.
La empresa de seguridad mantuvo en el pleito que, tras recibirse esta señal, se envió a una patrulla para que comprobara la alarma. Sin embargo, el personal no apreció nada raro, consideró que se trataba de una falsa alarma y por ello no se avisó a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Sin embargo, en el caso que se ha juzgado, el tribunal llega a la conclusión de que existió una actuación negligente por parte de la compañía de seguridad, sobre todo por no avisar de la señal de alarma a la policía. .