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Piden que se condene al Estado por la explosión de un edificio en Palma

Acusan al Ministerio de Agricultura de permitir la venta de un insecticida que provocó la deflagración

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El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Palma celebró ayer la vista de apelación de la sentencia civil que determinó los responsables de esta explosión, ocurrida el 16 de julio de 1994. Este edificio explotó por la mala utilización del producto insecticida llamado Keycorc. Este material lo había adquirido la propietaria de una de las viviendas, que pretendía fumigar. Compró, por indicación del vendedor, 47 botes de 800 gramos cada uno y derramó el contenido en doce recipientes, que después distribuyó por toda la casa. La explosión, según confirmaron los peritos, se produjo por la inflamación del vapor de sulfuro de carbono, mezclado en el aire de la vivienda.

La causa penal por este suceso quedó archiva. Los perjudicados, la mayoría familias que se quedaron sin vivienda, plantearon una demanda civil. Demandaron a la mujer que adquirió el producto insecticida, al vendedor, a los dueños del comercio donde se vendió, al fabricante y al Ministerio de Agricultura por permitir su venta. El juez de primera instancia condenó sólo al vendedor del producto, al comercio y a la mujer que lo compró. El Estado y el fabricante fueron exculpados. El juez estableció unas indemnizaciones que suman unos 63 millones de pesetas.

En la vista de apelación, en la que actuaron doce abogados, se pidió que se ampliara la condena al fabricante del producto y al Estado por permitir su comercialización, que hoy en día está prohibida. Los abogados incidieron en que el etiquetado del Keycorc no señalaba el peligro de explosión y se quejaron de que se permitiera utilizarse en un asunto doméstico, cuando está indicado en uso industrial. Uno de los abogados, basándose en un informe pericial, señaló que el producto que provocó esta explosión tenía una defectuosa composición. El letrado, para justificar la responsabilidad del Estado, recordó que era un producto prohibido por la Unión Europea. Indicó que el Ministerio de Agricultura, en el año 94, ordenó la retirada del producto, pero el fabricante consiguió una moratoria para vender todo su «stock».

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