El Tribunal Supremo ha modificado una sentencia dictada por la Audiencia de Palma, en la que se condenaba a una persona detenida por tráfico de drogas. El acusado, Juan Francisco Salas Cano, fue condenado a doce años de cárcel. Sin embargo, el Supremo le reduce esta condena a la mitad.
El acusado fue detenido en la tarde del día 14 de junio de 1997. La Guardia Civil lo interceptó en el casco urbano de Palma cuando circulaba con un vehículo. Los agentes encontraron entre el asiento del conductor y el del acompañante una bolsa que contenía un paquete envuelto en papel de periódico, en cuyo interior había 123 gramos de heroína, de una pureza aproximada del 47 por ciento. La sustancia fue valorada en casi dos millones de pesetas. La droga la había recogido junto a un contenedor de basura cerca del cementerio. La llevaba a una casa abandonada de Marratxí y por este transporte debía recibir 200.000 pesetas.
El recurso contra esta condena lo presentó el abogado Juan Carlos Peiró. El letrado mantenía que existió un error al analizar la droga, y por tanto no podía considerarse como de notoria importancia la cantidad intervenida. El Supremo recuerda que la notoria importancia se establece a partir de los 60 gramos de heroína pura. En este caso, pese a que se cogieron 123 gramos, existen dudas sobre la pureza real, que se establece entre el 47 y 49%. Por este motivo el peso real no excede de los 60 gramos, por lo que se modifica la condena.