El próximo domingo, 22 de diciembre, muchos estarán pendientes a lo largo de la mañana de la llamada de la suerte. El sorteo extraordinario de Navidad de la Lotería Nacional es el momento que inicia oficialmente las fiestas, pero también la ocasión en la que los españoles más dinero depositan en sus ilusiones de ser millonarios en un momento señalado del año. Es una tradición más, pero como todos los premios económicos de cierto montante, no están exentos del pago de impuestos a Hacienda, que quedan aparcados por la euforia del momento, pero a la hora de cobrarlos, suponen un desagradable disgusto para los agraciados.
No en vano, todos los premios de más de 40.000 euros que se reparten en el sorteo de Navidad están sujeros a un 20% de retenciones fiscales. Así, en caso de ser agraciado con el 'Gordo', que reparte 400.000 euros a cada décimo, de ese importe 72.000 euros pasan directamente a manos de Hacienda en concepto de tributación, quedando limpios para el agraciado 328.000.
Por ello, y para que el golpe sea menos doloroso, ha surgido una singular iniciativa que permite aligerar el pago de impuestos a los premiados. Son los seguros destinados exclusivamente a los sorteos, y en que caso de boletos premiados, cubren buena parte de esa retención fiscal en forma de indemnización, rozando el importe bruto del premio. Se pueden contratar principalmente a través de plataformas on-line, como 'La Guinda', una App especializada que ofrece cobertura y asesoría a través de una compañía aseguradora de referencia.
Precio asequible
El coste de este singular seguro asciende a los 3 euros por décimo en un sorteo tan señalado como el de Navidad, y durante el resto del año oscila entre esa cifra y los 0'25 euros, cubriendo otro tipo de sorteos y juegos, principalmente de Loterías y Apuestas del Estado. Un precio asequible si se tiene en cuenta el ahorro que supone, aunque cabe tener en cuenta que únicamente cubre a un sólo décimo, elevándose proporcionalmente el importe en función de la cantidad o si se trata de una serie entera o un número completo.
Pero atención, porque estas indemnizaciones derivadas de estas pólizas de seguro son consideradas ganancias patrimoniales, por lo que también está sujetas al pago del IRPF en la declaración de la Renta, estando obligados a tributar por ellas y a declararse, aunque el objetivo final de evitar el gran zarpazo de Hacienda acaba consiguiéndose.