Con el inicio de una temporada turística que parece que batirá récords, comienzan también a aparecer ciertas estampas típicas del verano en Mallorca. Entre ellas, los desfiles de quads, motos todoterreno y vehículos similares. Este sábado, varios residentes han denunciado en redes sociales su proliferación en pueblos y senderos, generando perjuicios a vecinos y medioambiente. Los quads son una especie de vehículos todoterreno, de dos, tres o cuatro ruedas, sin carrocería. Los conductores suelen sentarse a horcajadas y no cuentan con sistemas de retención. Están pensados para conducir por terrenos escarpados, como caminos rurales o senderos, por lo que suelen usarse en excursiones turísticas en la isla.
Sin embargo, vecinos de la Part Forana de Mallorca critican el estruendo que producen la que estas constantes filas de quads en calles residenciales de pueblos molesta a los residentes. En zonas rurales su circulación también levanta polémicas por sus posibles daños a la vegetación: «Los he visto subir hacia Cala Torta. De momento creo que la zona de la ermita de Betlem la respetan, puede que por estar dentro del parque natural. [...] Hacen un 'renouer'», criticaba este sábado un usuario en Twitter. «Cada fin de semana salen caravanas de vehículos buggy o quads de la Playa de Palma por caminos y carreteras locales. Pagan los mismos impuestos que si quieres alquilar una bicicleta. Y después venís con la Transición Energética...», contestaba otro.
¿Legales?
Además de dichas molestias que genera el trasiego de estos vehículos, suponen también un peligro para sus ocupantes. Los accidentes son frecuentes, pues los quads no cuentan con carrocería y los conductores suelen ir con ropa ligera, que deja al descubierto la piel en caso de incidente. Sin ir más lejos, en julio del año pasado, dos turistas resultaron heridas al volcar el quad en el que circulaban en un camino rural en Llucmajor. La velocidad máxima permitida para los quads es de 45Km/h. En cuanto a los permisos de conducir, si el vehículo está considerado un cuatriciclo ligero, para conducirlo se deberá contar con alguno de los siguientes carnets: AM o A1, A2, A o B. Sobre su circulación en zonas montañosas, la legislación no es del todo contundente. En las Islas existen varias normativas vigentes, como la ley de Montes, la Ley para Conservación de los Espacios de Relevancia Ambiental o el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales que regulan y prohíben la circulación de vehículos por la Serra.