Los familiares de una paciente que falleció en el hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia al cortarse la luz como consecuencia de la rotura de la conducción eléctrica por una máquina excavadora en el momento en que era operada serán indemnizados con un total de 124.800 euros.
Así lo dispone una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) que condena al pago de esa suma al Servicio Murciano de Salud y a la unión temporal de empresas que realizaba los trabajos de construcción de un aparcamiento y que ocasionó el corte de luz.
Los demandantes expusieron en su reclamación que la muerte de la paciente se produjo cuando se fue la luz en el momento en que se llevaba a cabo una intervención de embolización aneurismática y sin que el centro hospitalario dispusiera en el quirófano con fuentes de energía autónoma e independientes de la general.
Para la familia, «el corte de luz influyó en el desarrollo del procedimiento que se estaba realizando e imposibilitó la aplicación de cualquier técnica terapéutica que minimizara la pequeña hemorragia objetivada justo antes del corte de electricidad».
La Sala de lo Contencioso dice que «en este supuesto concurrieron varias concausas idóneas que incidieron en el fallecimiento de la paciente hace ahora doce años: una previa patología que sufría esta, el corte de suministro eléctrico y la ausencia de un sistema complementario de suministro eléctrico para los equipos del arco vascular».
El TSJ considera responsables patrimoniales de lo ocurrido al Servicio Murciano de Salud, en el treinta por ciento, y a las empresas que construían el aparcamiento subterráneo en unos terrenos próximos al hospital y cuya pala excavadora rompió la conducción del tendido eléctrico, que deberán asumir el setenta por ciento de la indemnización fijada.