Conducir vehículos sin haberse sacado el carnet o habiéndolo perdido cautelar o definitivamente por decisión judicial será delito a partir de hoy, cuando concluye la moratoria concedida a esos conductores para que regularizaran su situación.
En concreto, hoy entra en vigor el párrafo segundo del artículo 384 del Código Penal, el único precepto de la reforma penal en materia de seguridad vial que no estaba aún vivo ya que el resto es de aplicación desde el 2 de diciembre.
A estos conductores, según recuerda la Dirección General de Tráfico (DGT), se les dieron cinco meses para que regularizaran su situación antes de comenzar a considerar delito lo que hasta ahora era sólo una infracción administrativa.
Conducir sin haber pasado por la autoescuela será castigado con entre tres y seis meses de prisión o con una multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 y 90 días; las mismas penas que recibirán los que conduzcan aunque se les haya retirado cautelar o definitivamente el permiso por decisión judicial.
Ciclomotores
También son castigados con las mismas penas, desde diciembre, a los ciudadanos que «pillan» conduciendo un vehículo de motor o ciclomotor habiendo perdido el permiso o licencia porque se les ha agotado todos los puntos que le fueron asignados legalmente.
Según declaró el director general de Tráfico, Pere Navarro, dentro de seis meses será una excepción que alguien se ponga al volante sin haberse sacado nunca el carné gracias al «efecto disuasorio» que tendrá la entrada en vigor de la reforma penal.
Todavía no se sabe cuántos de estos conductores han aprovechado la moratoria para pasar por la autoescuela, aunque la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) está intentado determinar una cifra a través de encuestas entre sus asociaciones provinciales.
El perfil de estos conductores, según el presidente de CNA, José Miguel Báez, es el de una persona «que empezó a conducir de aquella manera y que se mueve en sitios donde la Policía tiene poca actuación. Una persona que ha estado cómoda hasta ahora, que se ha escapado de controles de todo tipo y que cuando lo denuncian es porque lo paran o porque tiene un accidente».
Una persona que, a juicio de Navarro, se declaraba normalmente insolvente cuando era denunciado, que podía acumular hasta cuarenta denuncias en un solo año y que seguía conduciendo después de ser multado.