El Gobierno quiere acabar con las cláusulas abusivas en los contratos de compra-venta o en la contratación de servicios hacia los consumidores. Para ello aprobó ayer el Proyecto de Ley de Mejora a la Protección de los Usuarios, que recoge las quejas más habituales que se registran en las oficinas de Consumo.
Así, obliga a los operadores de telefonía a que los trámites para darse de baja sean «idénticos» a los del alta. Además, prohíbe redondear al alza en el cobro de los servicios de párking o de telefonía por minutos que no se han utilizado, y que el comprador de una vivienda no tenga que correr con unos gastos que corresponden al vendedor.
Según explicó tras el Consejo de Ministros la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el proyecto de ley, remitido a las Cortes para su tramitación, responde a la trasposición de una directiva europea «que era urgente aplicar» y cuyo objetivo es proteger a los consumidores, «que es la parte más débil de las relaciones comerciales y contractuales».La vicepresidenta se ciñó a tres ejemplos concretos: «Se reconoce como conducta abusiva que se trasladen al comprador de una vivienda los gastos que corresponden al vendedor, como los impuestos, las plusvalías o las conexiones a los suministros generales que se sobreentienden incluidos en el precio de la vivienda». En segundo lugar la ley incentiva el cálculo por tiempo real en el uso de servicios como los aparcamientos y finalmente se pretende que sea tan fácil darse de baja en un servicio como el alta.
«Todos estamos acostumbrados a que sea fácil darse de alta en un operador de telecomunicaciones con una llamada telefónica y para darse de baja haya que mandar faxes repetidos sin que la baja se produzca y mientras tanto por supuesto se sigue facturando», explicó en la misma rueda de prensa la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado.
Salgado añadió además que en el caso de la vivienda esta nueva ley obligará para su comercialización a que tenga dado de alta los servicios básicos -agua, luz y gas-. Además se prohíbe que haya penalización al comprador por no querer aceptar la entidad hipotecaria que el promotor desea.