OTR/PRESS/EFEMADRID
Tal y como estaba previsto, el Consejo de Ministros dio luz verde
ayer al proyecto de ley que modifica el Código Civil para que los
homosexuales puedan contraer matrimonio con los mismos efectos
jurídicos que los heterosexuales. Está previsto que el Congreso
comience a debatir el documento en febrero y que estas parejas
puedan formalizarse en la primavera. El secretario general del PP,
Angel Acebes, advirtió que el Tribunal Constitucional podría
declarar la norma inconstitucional, aunque precisó que su grupo
esperará a su tramitación antes de interponer recurso. Angel Acebes
cree que la aprobación del anteproyecto de ley va «contra la
sensibilidad de la inmensa mayoría de los españoles» y que «ayuda a
empujar hacia la quiebra social».
El Gobierno mantiene de manera sustancial las características del texto que el Ministerio de Justicia elevó en octubre al Consejo de Ministros, salvo «algunas consideraciones técnicas» introducidas a instancias del Consejo de Estado. La reforma aprobada afecta principalmente al artículo 44, en el que se incluirá un segundo párrafo con la siguiente coletilla: «el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o diferente sexo».
Tal y como destacó en la rueda de prensa tras el Consejo, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el objetivo principal de la modificación es «acabar con una larga trayectoria de discriminación histórica basada en la orientación sexual de las personas». El Ejecutivo entiende que la realidad social española es «mucho más rica, plural y dinámica» que la sociedad en la que surgió el actual Código Civil, redactado en 1889.Además, el Gobierno entiende que esta norma cuenta con el respaldo de la mayoría de los ciudadanos y se siente legitimado a impulsarla, a pesar de las críticas, dado el respaldo obtenido por el programa socialista en las últimas elecciones generales.
El Ejecutivo subraya que la opción reflejada en esta ley tiene unos fundamentos constitucionales que deben ser tenidos en cuenta por el legislador, como la promoción efectiva de los ciudadanos en el libre desarrollo de su personalidad (artículos 9.2 y 10.1 de la Constitución), la preservación de la libertad en lo que a las formas de convivencia se refiere (artículo 1.1 de la Constitución) y la instauración de un marco de igualdad real en el disfrute de los derechos sin discriminación alguna por razón de sexo, opinión o cualquier otra condición personal o social (artículo 14 de la Constitución).
A través de un comunicado, la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGT) acogió ayer con satisfacción la decisión. Para la Federación, con esta aprobación se inicia el camino «para restituir la dignidad de las personas homosexuales y asegurar el fin de la discriminación de que han sido objeto durante siglos».