El Juzgado de Primera Instancia número 61 de Madrid ha dictado una sentencia en la que declara ilegales los servicios prestados a través del prefijo 906 que en realidad deberían ofrecerse a través del 903 y obliga a Telefónica de España y Uni2 a devolver las cantidades abonadas por una treintena de usuarios por este concepto.
Así lo explicó ayer el director general de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), José María Múgica, quien subrayó que la sentencia es «una de las más importantes del año en el ámbito de la defensa de los consumidores», ya que extiende el derecho a exigir la devolución del importe abonado a todos los usuarios que puedan probar que realizaron llamadas a estos números.
La sentencia responde a una demanda presentada por la OCU en octubre de 2001, ante la proliferación de servicios de contenido erótico o de ciencias ocultas que se prestaban a través de números 906 (acceso general) en lugar de hacerlo, como exigía la ley, mediante el prefijo 903, que era de acceso restringido, por lo que exigían la solicitud expresa de conexión del usuario. La organización ya había denunciado esta situación ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI).
En concreto, planteó la existencia de 1.000 números ilegales, de los que el 80% estaban asignados a Telefónica y el 15% a Lince Telecomunicaciones (actualmente Uni2). Ante la «dejadez» de la Secretaría de Estado, optó por presentar una demanda judicial contra las dos operadoras que tenían asignados la mayor parte de los números.La sentencia declara «ilegales» los servicios prestados a través de números con prefijo 906 «en tanto en cuanto se refieran a servicios que deberían ser de prefijo 903». Asimismo, considera que se ha inducido a error a los usuarios que accedieron a estos servicios, «causándoles perjuicios económicos, por lo que los operadores no les pueden exigir el pago».