La Generalitat ha sido condenada a pagar una indemnización de 676.000 euros por el estado casi vegetativo en que quedó una niña como consecuencia de no haber recibido una ventilación adecuada, pues ni el hospital público ni la ambulancia que la atendieron de bronquitis asmática disponía de ventilador mecánico para niños.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha resuelto con esta sentencia el caso, que se remonta a mayo de 1990, cuando la niña afectada, Vanessa C.Z., tenía tan sólo siete meses de edad. El recurso que dio lugar a este proceso judicial es de 1996 y no se ha fallado hasta ahora.
Los jueces han fijado esta elevada indemnización, a pagar por el departamento de Sanidad de la Generalitat, por la corta edad de la perjudicada, el estado de tetraparesia espástica (parálisis cerebral) en que ha quedado, la necesidad de un tratamiento rehabilitador continuo, la incapacidad para valerse sola para las actividades más elementales de la vida y el gran daño moral causado.
La pequeña, según la sentencia, recibirá una indemnización de 566.000 euros, mientras que su madre recibirá 110.000 euros.
Los hechos se remontan al 15 de mayo de 1990 cuando la niña, que ya sufría una bronquitis asmática de nacimiento, ingresó en un hospital público del que fue dado de alta con la citada parálisis provocada, según la sentencia, por una mala ventilación asistida.