El Estado deberá indemnizar a siete perjudicados por el régimen de «multipropiedad» por los daños que la demora en la incorporación de una directiva europea sobre ese tema a la ley española ha causado en estos usuarios, según una sentencia de la Audiencia Nacional de la que informó la OCU.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) alertó también de los «daños» que pueden sufrir los consumidores españoles por no haber sido traspuesta a la legislación nacional una directiva europea que fija en 2 años las garantías de todos los bienes de consumo en lugar de los seis meses vigentes en España.
El director general de la OCU señaló que esta organización ha conseguido una «condena histórica» contra el Estado, «por su responsabilidad en los perjuicios causados a esos siete consumidores».
La Audiencia Nacional condena a la Administración a indemnizar a siete usuarios (ninguno de ellos español) con 23.839 euros (4 millones de pesetas), más los intereses calculados a partir de la fecha (18 de febrero de 1999) en que la OCU presentó la reclamación ante el Consejo de Ministros junto a otras asociaciones de consumidores.
Esta norma establece que el usuario de multipropiedad debe recibir un documento informativo antes de la adquisición, puede resolver el contrato en diez días sin necesidad de alegar motivos y prohíbe la exigencia de «señales» o «anticipos» en esos diez días.