El Insalud no tiene que abonar el transporte en taxi de los enfermos a los hospitales, según establece en una sentencia el Tribunal Supremo. De esta forma, sólo serán abonados por los servicios de la Seguridad Social los gastos de desplazamiento cuando se realiza en los medios propios del transporte especial sanitario, no incluyendo, por tanto, los vehículos propios ni taxis.
El Supremo resuelve de esta manera la cuestión planteada por el Insalud, tras ser condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, a pagar a dieciocho personas los gastos del transporte en taxi al lugar de asistencia.