Los ayuntamientos pueden exigir a los ciudadanos el pago inmediato de la tasa municipal correspondiente para devolver los vehículos que hayan sido retirados de la vía pública por estar mal aparcados, según el Supremo.
La jurisprudencia del Supremo señala que las Ordenanzas Municipales reguladoras de las zonas de estacionamiento de vehículos pueden limitar el tiempo máximo que se permita mantener estacionado un vehículo en un mismo lugar situado dentro de aquellas zonas.
En los supuestos en que se mantenga estacionado un vehículo en dichas zonas por encima del máximo tiempo permitido por la Ordenanza Municipal, «existe habilitación legal para que dicha Ordenanza prevea la aplicación de una medida cautelar consistente en la retirada del vehículo y su traslado al depósito municipal, aparte la posibilidad de que tal actuación pueda ser constitutiva de infracción administrativa determinante de sanción».
La Ley de Haciendas Locales establece que «los Ayuntamientos podrán establecer tasas por la realización de actuaciones singulares de regulación y control del tráfico urbano, tendentes a facilitar la circulación de vehículos y distintas a las habituales de ordenación del tráfico por la Policía Municipal».