La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha hecho pública una sentencia en la que señala que los touroperadores están obligados a pagar a los hoteleros íntegramente las plazas reservadas finalmente no ocupadas.
Así, dicha sentencia del Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la compañía Viajes Halcón contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla el pasado mes de noviembre, que condenó a la empresa, del grupo Globalia, a pagar 26'6 millones de pesetas a Cornisa de Aljarafe.
Viajes Halcón fue condenado a pagar en un principio 17 millones a la inmobiliaria Cornisa de Aljarafe, propietaria de la urbanización Complejo Salteras en la provincia de Sevilla, por no abonar las plazas turísticas reservadas que finalmente no fueron ocupadas. A continuación, tras recurrir ambas partes, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla dictaminó el pago de 26'6 millones de pesetas más costas a la empresa de viajes.
El Tribunal Supremo señala que «bastaría con que la compañía Viajes Halcón hubiera hecho la reserva de plazas hoteleras para que contrajera la obligación de abonarlas, con independencia de su ocupación real, y que no podía ser de otra manera, ya que sostener la tesis contraria podría originar un sensible quebranto económico a la entidad Cornisa de Aljarafe».