El Tribunal Constitucional reconoce la plena validez y eficacia jurídica, sin necesidad de traducción, de los documentos redactados en catalán en todos los territorios en que es oficial, a pesar que tengan su origen en un procedimiento iniciado en otra comunidad autónoma, garantizando las comunicaciones en catalán entre Cataluña, País Valenciano y las Illes.
El Constitucional declara válido el uso exclusivo del catalán en los documentos