El director general de la Agencia Tributaria, Ignacio Ruíz-Jarabo, explicó el procedimiento de embargo de los vehículos, recordó que esta forma de cobro se utiliza desde hace tiempo y que la única novedad es que el proceso se ha agilizado e informatizado y permite aplicarse de forma masiva.
De la lista de 100.000 vehículos, 50.000 ya han sido embargados,
según indico Ruíz-Jarabo en declaraciones a los medios de
comunicación.
La primera intervención de las deudas tributarias o no tributarias
-cuando otras instituciones encargan la gestión de cobro a la
Agencia Tributaria- es la notificación de la deuda y de la
posibilidad del embargo de cuentas corrientes y sueldo, tras lo que
se establece el «periodo voluntario de pago».
Concluido este periodo, si el contribuyente no ha saldado la deuda, se envía otra notificación en la que se le informa del embargo de sus cuentas bancarias y sueldo como garantía de pago.
Solo tras este procedimiento, y si el contribuyente no cumple con sus obligaciones tributarias, se le envían otras dos notificaciones, una primera en la que se le informa del embargo de su vehículo y, en el caso de que la situación de impago se repita, una segunda en la que se le hace saber que su coche va a ser subastado.
«Por lo tanto antes de que el coche de un contribuyente salga a subasta, éste habrá tenido al menos cuatro ocasiones para saldar la deuda con Hacienda», apuntó tras agregar que, en el caso de que la deuda sea el resultado de la suma de varias, las notificaciones se multiplicarán por el número de deudas.