El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña suspendió ayer cautelarmente la potestad sancionadora del decreto del catalán en el cine aunque esta decisión, según la Generalitat, no modifica los objetivos del decreto ni afecta a las negociaciones con las productoras de Hollywood.
El decreto que obliga a doblar al catalán la mitad de las copias de las películas más taquilleras exhibidas en Catalunya puede entrar en vigor el próximo 17 de marzo tal como estaba previsto, pero los artículos referentes a la potestad sancionadora del decreto deben quedar en suspenso.
Mientras la Generalitat ha minimizado la repercusión de la decisión del TSJC, CiU se ha apresurado a apuntar soluciones para salvar el decreto y, en el lado opuesto, PP, PSC e IC han aprovechado para criticar la política lingüística del gobierno autonómico.
Por su parte, los exhibidores cinematográficos, uno de los sectores que impugnó el acuerdo ante los tribunales, se han congratulado por el fallo judicial al considerar que la suspensión del capítulo sancionador beneficia a los ciudadanos.
El TSJC ha suspendido los artículos 14 y 15 del decreto sobre medidas de fomento de la oferta cinematográfica doblada y subtitulada en lengua catalana por entender que «contravienen» la Ley de Política Lingüística, cuyo artículo sobre el que se desarrolla el decreto, no prevé sanciones.
Por contra, el tribunal, rechazando las tesis de los recurrentes no aprecia que el decreto conlleve un perjuicio económico para exhibidores y distribuidores.
Dice el auto que «los posibles daños que se pudieran ocasionar a las entidades recurrentes (en alusión a los exhibidores) no derivarían de la aplicación del Decreto impugnado sino, justamente, de su hipotético incumplimiento por las entidades distribuidoras».