El Pleno de Deià aprobó este jueves por unanimidad la no aplicación en el municipio de las medidas urbanísticas aprobadas por el Govern en materia de vivienda, que se han traducido en un decreto ley cuya aplicación a la normativa municipal que ya ha sido rechazado parcialmente por otros ayuntamientos.
En este caso, y en palabras del alcalde, Lluís Apesteguia, «hemos propuesto este acuerdo siguiendo un criterio de prudencia, mientras estudiamos sus posibles efectos en el municipio y, sobre todo, mientras esperamos que se tramite como Ley, por si se modifica». Para el equipo de Gobierno de Deià, la principal oposición al decreto que confían que pueda modificarse durante la tramitación parlamentaria es «que se exonere a las construcciones de una reserva de aparcamiento y de la construcción de un depósito de agua, lo que para Deià es una condición imprescindible».
Apesteguía aclaró que el decreto ley se aplicará a la normativa municipal «dependiendo de como se articule finalmente la Ley», aunque aseguró que «el permiso para crecer en altura o el suelo para equipamientos, seguro que no lo aplicaremos en ningún caso».
Por parte desde la oposición, Francesc Salas (xBalears), coincide con el alcalde. Según Salas, «Deià es un núcleo antiguo y este decreto no sería aplicable de ninguna manera ni la división de casas existentes sin previsión de aparcamiento ni aljibe, ni la conversión de locales comerciales en vivienda, ni el crecimiento en altura». Recuerda también que «somos un municipio protegido y este decreto no tiene sentido en la Serra de Tramuntana».
Argumentos
En la propuesta de acuerdo finalmente aprobada se considera que «Deià, por los grandes problemas que tiene por la falta de plazas de aparcamiento y por la falta de agua, no puede asumir que en un potencial cambio de uso de locales comerciales, oficinas o cualquier definición análoga queden exoneradas de la reserva obligatoria de aparcamiento y de la construcción de sistemas de almacenamiento de agua», algo que permite la nueva legislación basada en el decreto ley del Govern.
De hecho, el Pleno rechazó todos los puntos del decreto que no ve aplicables en Deià con base en los mismos argumentos sobre crecimiento vertical, cambios de uso, exoneración de sistemas de almacenaje de agua y de previsión de aparcamientos privados.
Sin embargo, el acuerdo de Pleno especifica que «esta no aplicación se acuerda sobre la base de las propias previsiones del mismo Decreto ley 6/2023 y a la potestad que da a los ayuntamientos, para que en el ámbito de sus competencias en materia de urbanismo, puedan, mediante acuerdo del Pleno, no aplicar esta disposición, o bien exceptuar su aplicación en aquellas parcelas situadas en determinados viales, sectores, calificaciones urbanísticas o ámbitos en los que, por sus características, se considere conveniente no aumentar las viviendas existentes o por otra motivación que se considere adecuada».