Vía libre al restaurante que la parroquia de Portals quiere abrir en plena costa de Calvià. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha tumbado en segunda instancia la sentencia dictada el pasado mes de septiembre, que prohibía la construcción de ese establecimiento frente al Oratori. Aquella resolución del contencioso-administrativo daba la razón al Ajuntament de Calvià en su litigio abierto con el Obispado, tras haber denegado los permisos que ahora sí autoriza en cambio el TSJIB.
El proyecto provocó desde el comienzo un fuerte rechazo vecinal y, de hecho, docenas de residentes se manifestaron en 2014 para exigir que no se concediera a la Iglesia la opción de abrir un restaurante en un lugar privilegiado por su elevado valor natural. La sentencia de apelación establece que la concesión de licencias urbanísticas es un acto reglado, y sometido por tanto a los criterios técnicos del Plan General.
En este caso, entiende el tribunal que sí se debería haber otorgado la licencia por parte del consistorio. El Ajuntament motivaba la denegación en base al impacto medioambiental y paisajístico, pero el tribunal considera que no se da esta circunstancia, y alude a que en el mismo entorno existen otras edificaciones que generan mayor impacto visual.