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Medi Ambient reclama a Costas que revise la legalidad de diez chiringuitos de playa

El chiringuito de la playa de Mondragó está dentro del parque natural. | M. CLADERA

| Palma |

La Conselleria de Medi Ambient cuestiona de nuevo la legalidad de determinados chiringuitos de playa situados en espacios naturales protegidos. Con el objetivo de conocer la situación real de diez quioscos en el litoral, el director general de Espais Naturals i Biodiversitat, Llorenç Mas, ha remitido una carta a la Demarcación de Costas de Baleares para que informe sobre la situación legal de diez quioscos dentro de espacio público marítimo terrestre. Todos estos establecimientos están dentro de la Red Natura 2000 protegidos como Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) o Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

Es la segunda vez que el Govern remite este tipo de misivas a Costas para conocer la situación regular de los chiringuitos. En mayo de 2017 el ahora conseller de Medi Ambient, Miquel Mir, también cuestionó la situación. En aquel momento remitió una carta a Costas donde aglutinaba 13 construcciones en Mallorca, tres menos que en la actualidad ya que las otras estaban fuera del dominio público terrestre.

«En aquel momento Costas emitió una respuesta muy laxa donde no podíamos discernir sobre la legalidad de cada establecimiento en cuestión, por eso ahora solicitamos una respuesta por separado», explica el director general Llorenç Mas. Los chiringuitos cuestionados son los ubicados en las playas de Mondragó (Santanyí); sa Calobra (Escorca); s'Àguila y la playa de sa Mesquida (Capdepera); Estellencs; Llosa de l'Ullal (Pollença); playa de es Dolç (Ses Salines); Cala Deià; el Mago y Portals Vells (Calvià).

«Queremos conocer cuál es la situación real ya que en el registro de la dirección general de Espais Naturals i Biodiversidad no nos consta que hayan pasado una evaluación de repercusión ambiental tal y como marca la ley», añade Mas.

La situación de estos chiringuitos, y en especial el que está dentro del parque natural de Mondragó, podría ser similar a los que se ubicaban en es Trenc. La sentencia 1646/2016 del Tribunal Supremo anuló la disposición transitoria 26 del Reglamento de Costas por la cual se prohíbe que haya construcciones de cemento en las playas consideradas naturales (no urbanas). Después de esta sentencia, el Ajuntament de Campos tuvo que demoler los seis chiringuitos de cemento del parque natural de es Trenc y cambiarlos por los desmontables que hay en la actualidad. Ahora, la Conselleria quiere conocer la situación real de esta decena de quioscos para saber si también se debería actuar de igual manera que en Campos.

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