El Consell de Mallorca no tendrá que indemnizar a los propietarios de terrenos situados en la antigua Área de Reconversión Territorial (ART) que durante cerca de una década contempló trasvasar la edificabilidad prevista en Cala Carbó (Cala Sant Vicenç) a la zona húmeda del Ullal (Port de Pollença) por razones de impacto ambiental.
El Consell de Mallorca suprimió la ART prevista inicialmente después de que el Govern acordara en 2008 proteger Cala Carbó. Entendía que ya no tenía sentido trasladar una edificabilidad inexistente al Ullal y dio carpetazo a la fórmula inicial. Varios propietarios le denunciaron.
El TSJB exime ahora al Consell de indemnizar a un propietario de una finca de Cala Carbó que le reclamaba una compensación de 338.435 euros tras la supresión de la citada ART. En enero de 2017 el Juzgado de lo Contencioso Anministrativo de Palma ya le eximió de pagar más de un millón de euros por el mismo motivo.
En ambos casos los jueces interpretan que si se hubiera producido un perjuicio para los propietarios no le correspondería al Consell asumir el coste de las indemnizaciones, porque, cuando el Consell suprimió el trasvase de la edificabilidad de Cala Carbó al Ullal eliminando la ART prevista, la pérdida del aprovechamiento urbanístico de Cala Carbó ya se había producido. La desclasificación de Cala Carbó es consecuencia directa de una medida acordada por el Govern.
El Consell celebra la nueva sentencia del TSJB, que no recurrirá a pesar de que tendrá que compartir los gastos judiciales.