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El Ajuntament de Inca prohíbe el mobiliario de plástico en terrazas de bares y restaurantes

Imagen de varias terrazas del centro de Inca. | Maria Nadal

| Inca, Mallorca |

Las terrazas de los bares, restaurantes u otros establecimientos de Inca se deben regir por la ordenanza de ocupación de la vía pública, cuya modificación que se aprobará este viernes, y que prohibe la utilización de elementos de plástico, PVC o similares en la delimitación de las terrazas. Además también prohible la colocación de publicidad y el uso de colores llamativos en el exterior del local. El mobiliario también tendrá que ser de materiales de calidad y el Ajuntament podrá exigir los cambios que considere oportunos con el objetivo de mejorar las condiciones estéticas del mobiliario urbano que se proponga en la zona.

De hecho, serán los propios técnicos municipales los que darán el visto bueno a las terrazas y todos sus elementos. Para ello, el Ajuntament de Inca aprobará esta noche por pleno la modificación de la ordenanza de ocupación de la vía pública cuya tasa se pagará anualmente y no por meses como hasta ahora. El alcalde de Inca, Virgilio Moreno, explicó este miércoles que «se ha modificado la ordenanza de ocupación de la vía pública para poner orden y tener un mayor control del número de sillas y mesas de las terrazas de los locales. Aunque solo tengan la terraza montada unos meses deberán pagar el año entero, aunque la tasa no se incrementará». La ordenanza busca dar una mejor imagen de la ciudad y «tener uniformidad en los espacios públicos», según el alcalde.

Aunque la autorización de ocupación de la vía pública será anual, el permiso se prorrogará automáticamente año tras año. En el supuesto de que se quiera dar de baja o modificar la autorización, los propietarios de los locales deberán presentar la solicitud al Ajuntament antes de final de año. El control del cumplimiento de la ordenanza lo podrá realizar un funcionario habilitado, además de la Policía Local tal y como ya se contemplaba anteriormente en el texto.

Por lo que se refiere a la ubicación de las terrazas fuera de plazas o de calles peatonales, los establecimientos podrán utilizar un máximo de dos plazas de aparcamientos tal y como ya se contemplaba en la última modificación del texto impulsado en la legislatura pasada. En este caso, los dueños de los locales deben colocar una plataforma flotante de madera. Para los establecimientos que no cumplan con la normativa se contemplan sanciones que oscilan entre los 750 y los 3.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

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