El Tribunal Supremo acaba de admitir a trámite el recurso de casación interpuesto por el Ajuntament de Pollença contra la sentencia del 15 de septiembre de 2015 que anulaba la servidumbre de paso del Camí de Ternelles que previamente había reconocido el propio Tribunal Supremo. Rechaza así las causas de inadmisión alegadas por la propiedad del camino.
Se trata de una buena noticia para el Ajuntament de Pollença dado que el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears había informado que contra la sentencia no cabía recurso de casación.
Falta ahora que el Supremo entre en el fondo del asunto que es decidir si efectivamente debe existir o no una servidumbre de paso que garantice el acceso a través de esta vía.
El Ajuntament de Pollença y la propiedad de Ternelles llevan años litigando en los tribunales por la propiedad y la servidumbre de paso de esta vía.