El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) que fijó una indemnización de 1,6 millones de euros por la declaración como zonas ANEI de tres parcelas de la urbanización conocida como El Vilà, en el municipio de Pollença.
El Alto tribunal ha resuelto el recurso de casación que interpuso el Govern a raíz de la declaración, en virtud de la Ley 4/2008 de medidas urgentes por el desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears, de tres zonas ANEI - Área Natural de Especial Interés- en este enclave de la Serra.
La declaración del espacio protegido originó un agravio, según los promotores inmobiliarios, que reclamaron una indemnización por la ley proteccionista, que en este caso no prosperará, según la decisión de los tribunales.
Largo periplo judicial
La cuestión lleva ya muchos años de recorrido. Leopoldo de Miguel fue el abogado que constituyó el mes de julio de 1997 la Asociación Administrativa de Cooperación de El Vilà, y reclamó al Ajuntament de Pollença una indemnización de 600.000 euros para 98 propietarios de terrenos de la urbanización, entendiendo que el Consistorio era responsable que la urbanización no se desarrollara dentro de plazo, a pesar de que existía un plan especial y un proyecto de urbanización aprobados desde 1983.
Además, el TSJIB sentenció en el año 2012 contra la desclasificación de la zona alta de la urbanización de El Vilà aprobada por el Govern balear en 2008. Aquella sentencia condenaba a la Comunitat Autònoma a indemnizar a un propietario con 1.600.006 euros en concepto de daños y perjuicios al entender que la desclasificación aprobada le ocasionaba un perjuicio patrimonial.
Aunque la obligación de indemnizar recaía en el ejecutivo autonómico, el juez responsabilizó en su argumentación al Ajuntament de Pollença por no haber desarrollado en el tiempo marcado la mencionada urbanización.