La concesionaria Femosa deberá abrir al público el aparcamiento subterráneo de sa Calatrava si el Ajuntament le exige que lo haga.
Así se desprende de una sentencia en la que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma falla a favor del Consistorio desestimando un recurso interpuesto en el año 2010 por la empresa cuando el Ajuntament le requirió que abriera la instalación en rotación en un plazo de 15 días.
El Tribunal sostiene que el convenio urbanístico en el que se basaba dicha concesión contenía de forma explícita el acuerdo de realizar este servicio, de lo que se deduce que no puede dejar de prestarlo, argumentando que la explotación «no era rentable». La empresa argumentaba que no incumplía el convenio ya que «alquilaba plazas de aparcamiento».