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Deià

Un juzgado desestima un primer recurso contra las demoliciones de los chalets ilegales de Llucalcari

El tribunal falla a favor del Ajuntament, que denegó una reclamación de responsabilidad patrimonial por la anulación de la licencia

Imagen de uno de los cuatro chalets de Llucalcari, ya demolido. | Redacción Brisas

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En Llucalcari, de momento, no habrá que pagar indemnizaciones a los propietarios por la demolición de los ya famosos chalets ilegales, dos de los cuales ya han pasado definitivamente a la historia.

Al menos este es el posible precedente jurídico que podría crear una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma, emitida el pasado día 30 de marzo y a la que ha tenido acceso este diario. Esta sentencia, dictada por el magistrado-juez titular de este juzgado, José M ª Abad, desestima el recurso interpuesto por Marlene Richter y Christian Lempelius -propietarios de uno de los dos chalets que aún hoy esperan la ejecución de su demolición- ante la anulación judicial de la licencia de obra de su vivienda.

Contencioso

El procedimiento contencioso interpuesto por los propietarios de esta casa -una de las cuatro afectadas por la sentencia firme de demolición del TSJB- se inició en febrero del 2007, tras la anulación por parte del Ajuntament de la licencia de obras que en su momento se otorgó para la construcción.

Hay que recordar que esta licencia databa del año 1986 y fue otorgada a un particular y a una empresa -Es Bancals SA- que posteriormente vendieron los terrenos a los actuales propietarios.

El Ajuntament de Deià en pleno ya desestimó en noviembre de 2007 una solicitud reclamación de «responsabilidad patrimonial administrativa» contra la citada Corporación local, que preside Jaume Crespí. Por parte del Consistorio deianenc , la demanda no se tuvo en cuenta por una cuestión de plazos y por considerar el Ajuntament que los dueños de la casa «no estaban legitimados» para reclamar, ya que la licencia «no se había otorgado a su nombre».

Ahora, en esta nueva sentencia se revisa el largo proceso judicial iniciado por el GOB y del que ya es bien conocido el desenlace. Sin embargo la sentencia no da la razón al Ajuntament sobre la no legitimación de los recurrentes, ya que se puede constatar que son los propietaros. Sí lo hace pero en cuanto a los plazos, fallando finalmente a favor del Consistorio.

En algún momento se había hablado de la posibilidad de que se pudieran pedir grandes indemnizaciones por la anulación de las licencias y la demolición de las casas, una posibilidad que esta resolución parece ahora alejar, aunque podrá ser recurrida.

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