El Tribunal Supremo ha confirmado hoy la sentencia de la Audiencia de Palma que obliga a la cementera Cemex, ubicada en Lloseta, a mejorar sus instalaciones y a pagar una indemnización de unos 400.000 euros a 23 vecinos por daños y perjuicios debidos a molestias de «ruido, lumínicas y por polvo» de la fábrica.
En diciembre de 2005, un juzgado de Inca condenó a la empresa a pagar esta indemnización a los propietarios de fincas cercanas a la fábrica, ubicada en Lloseta, así como a aplicar todas las medidas correctoras que eliminen estos daños a los vecinos.
Cemex recurrió esta resolución a la Audiencia de Palma que, en febrero de 2007, la confirmó, ante lo cual la cementera interpuso dos recursos ante el Supremo, de infracción procesal y casación, que el alto tribunal también desestima, con lo que confirma la sentencia original.
El Supremo rechaza todos los motivos alegados por Cemex en los recursos, por lo que la empresa deberá abonar la indemnización citada además de las costas judiciales de los recursos.
Los daños y perjuicios a los propietarios de fincas próximas, que en el momento de interposición de la demanda los llevaban padeciendo desde la implantación de la fábrica en 1966, son, además del ruido y la luz de la cementera, la existencia de polvo y cenizas en la chapa y cristales de los vehículos, en las paredes de las piscinas, así como micro partículas «cementosas» en plástico de invernaderos, barrotes y verjas