La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un escrito ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma anunciando que recurrirá la sentencia en la que condena a seis años de prisión al ex concejal de Agrupación Social Independiente (ASI) en Llucmajor, Joaquín Rabasco, a tres años al ex alcalde del municipio, Lluc Tomàs (PP), y a otros tres años de cárcel a la ex secretaria de Rabasco en la formación, María del Amor Aldao, en el marco del caso Llucmajor que fue juzgado en 2008 tras siete años en instrucción.
La Fiscalía ya reclamó el pasado 18 de enero al Tribunal Supremo que estimara incrementar la pena inicial de prisión para Tomàs hasta los cinco años y seis meses al pedir que se considere, en sentencia firme, sumar a su condena por malversación otros nuevos delitos como son negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, fraude a la administración y prevaricación administrativa.
Asimismo, en este escrito de recurso del Ministerio Público contra la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Palma el 17 de noviembre de 2008, también se reclamaba al Alto Tribunal que estimara aumentar la condena a Rabasco en un año y tres meses por esos mismos delitos, hasta alcanzar los siete años y tres meses de prisión.
Además, la Fiscalía solicitaba un aumento de condena de un año y seis meses para Aldao hasta llegar a los cuatro años y seis meses de prisión sumando la condena inicialmente planteada por la Audiencia Provincial.
Así, el tribunal, presidido por el magistrado Joan Catany, ya había fallado sobre este asunto en noviembre de 2008, aunque el Tribunal Supremo, en marzo de 2010, una vez formularon recurso el Ministerio Fiscal y las defensas, decretó la nulidad de la resolución judicial y devolvió la causa a la Audiencia para que subsanase los defectos detectados.
En concreto, en la nueva sentencia conocida este jueves, la Audiencia impone a Rabasco cuatro años de privación de libertad por un delito de malversación de caudales públicos y dos años por otro de alzamiento de bienes, mientras que sobre Tomàs recaen tres años por malversación y sobre Aldao dos años por este mismo delito y otro por alzamiento. Además, obliga a los tres acusados a indemnizar al Ayuntamiento de Llucmajor con 681.450 euros.
Cabe recordar que la trama por la que han sido condenados Rabasco, Tomàs y Aldao, denunciada en 2001 por el entonces regidor del PSOE en Llucmajor, Juan José Maestre, se produjo entre 1999 y 2002, cuando el ex primer edil permitió y auspició el desvío de más de un millón de euros de las arcas municipales a cuatro empresas ligadas, pese a ser incompatible, al ex regidor de Deportes y Fiestas -Majo Sport, Tenedi Ambiente, Rodema Swin y Retsar Music- y constituidas por la ex secretaria de ASI y amiga personal de Rabasco.
En los fundamentos de derecho de su nueva sentencia, el tribunal mantiene que los acusados, aprovechándose de sus respectivos cargos, idearon una trama dirigida a trasvasar de forma «torticera» fondos municipales a las arcas de ASI para que llegase a poder de Rabasco «a cambio de sus votos, que garantizaban una cómoda gobernabilidad de Tomàs quien, sabiéndolo, lo consentía aunque no se lucraba directamente con las operaciones».
Otras posibles conductas "ni siquiera investigadas"
Es más, la resolución, que recuerda que ASI y PP ya habían sido socios incluso antes del mandato de Tomàs, deja entrever que «posiblemente han existido otras conductas igualmente reprobables que no han sido enjuiciadas y ni siquiera investigadas», y mantiene que tanto la formación como el propio Rabasco «estarían ávidos de fondos» mientras que el entonces alcalde, que «posiblemente no colaboró en la trama societaria urdida, se vio forzado a darles su apoyo metálico a cambio de sus votos».
En relación con el ex presidente de ASI, el tribunal subraya que se beneficiaba «torticeramente de festejos, deportes y otras actividades de esparcimiento, lo que escapa a todo control administrativo y pertenece al arcano de la intimidad». En cuanto a Tomàs, sabía que Rabasco participaba, directa o indirectamente, en casi todas las fiestas y eventos municipales, «lucrándose inflando las facturas que presentaban al Ayuntamiento, él o Aldao, lo que consentía y toleraba».
«No interesaba a Tomàs enfrentarse a Rabasco porque lo necesitaba, llevaban juntos muchos años y nada había pasado. Se conocían desde hacía tiempo. Por su forma de actuar, el favorecimiento hacia las sociedades creadas por Aldao y Rabasco es evidente», subraya de forma contundente la sentencia, que considera además «igualmente sorprendente» que un término municipal que cuenta con 18 urbanizaciones o núcleos urbanos «organizara de forma tan fácil sus fiestas». «Difícil es mantener la total ignorancia de la trama», añade.
TOMÀS «GENERO LA SITUACION DE RIESGO» AL PACTAR CON RABASCO
En esta misma línea, sostiene que fue el ex primer edil el que «generó la situación de riesgo» al alcanzar un acuerdo de gobernabilidad y atribuir a Rabasco competencias en materia de deportes. «Son sus sociedades a las que se le adjudican contratos por más de un millón de euros, en un área específica que favorecía la ausencia de controles administrativos propiciados, entre otras razones porque no existía mesa de contratación ni comisión de fiestas.
Finalmente, Catany basa la condena por alzamiento de bienes en transacciones que se llevaron a cabo «sin fundamento entre las sociedades, cheques repetitivos al portador, entrega de capitales a Mitsunori Sato para inversiones de patentes en Japón y reintegros sin volante, para al final terminar todo el dinero del entresijo societario en manos de Rabasco». Es más, recuerda que «el nerviosismo del testigo Sato cuando contaba sus inversiones en patentes con dinero que le había prestado Rabasco fue todo un espectáculo».
En concreto, la sociedad Tenedi Ambiente, que carecía al igual que las demás empresas de toda experiencia en el sector del comercio, contrató servicios del Ayuntamiento por valor de 254.339 euros, mientras que Rodema Swin facturó 33.114 euros y y Retsar Music, 662.223 euros. Según el escrito de acusación, aunque los técnicos municipales advertían a Tomàs de la ilegalidad de las facturas y contratos, éste dictó numerosas resoluciones y edictos dirigidos a beneficiar a las sociedades de Aldao pese a suponer el perjuicio económico del Consistorio.