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Santanyí

Una sentencia cierra las puertas a la construcción del golf y el hotel de es Pujols

La denegación del interés general impide que se construyan 450 plazas hoteleras en s'Alqueria Blanca

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Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número dos de Palma ha confirmado definitivamente la denegación del interés general para el proyecto de campo de golf y hotel en la finca es Pujols, planeados entre s'Alqueria Blanca y Calonge, en el municipio de Santanyí, y descartando así la ejecución completa del proyecto que tenia que acoger un campo de golf de 18 agujeros en 34 hectáreas y tres zonas residenciales en 11 hectáreas, que después pasó a ser un hotel.
El proyecto incluía también una zona comercial de 5.000 metros cuadrados y 10,4 hectáreas de zonas de uso público. En total, casi 79 quarterades de terreno ocupado junto al llogaret de s'Alqueria Blanca.
Caducidad
El juzgado de Palma ha declarado la caducidad del recurso contencioso que interpuso la empresa Proyectos Bekor SL por no haber llegado a formalizar la demanda contra la denegación del interés general de un proyecto de campo de golf y hotel en es Pujols de Santanyí.
El Departamento de Territori del Consell señala que de esta manera se confirma, de forma definitiva, la denegación del interés general del proyecto y su consecuente ejecución.
Proyecto
Cabe recordar que, inicialmente, el proyecto creaba alrededor de 365 viviendas para unas 1.500 personas cuando la población curiablanquera oscila entre los 800 y 900 habitantes y, después, con la propuesta de hotel se redujeron a 450 plazas.
Los terrenos de es Pujols estaban calificados como suelo urbanizable que el Plan Territorial desclasificó. Reclasificado a suelo rústico se planteó la construcción del golf y hotel. El proyecto fue denegado por la Comissió Insular d'Urbanisme, ya que su tramitación se vio afectado, primero, por la moratoria aprobada por el Consell que suspendía las autorizaciones en aquella zona y, después, por la Ley 4/2008, que prohibe la oferta hotelera en los campos de golf. Ahora, con la caducidad del recurso contencioso dispuesta por el juzgado, queda ya descartada definitivamente la ejecución del proyecto.

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