El Juzgado de lo Penal número 1 de Palma ha absuelto a Jaume Cladera, Pedro Joaquín Cladera, Miguel de Arriba y Bartolomé Morey, de la acusación de falsedad documental y delito continuado contra los derechos de los trabajadores, del que fueron acusados por el comité de empresa del hotel Galatzó. En los fundamentos de Derecho de la sentencia, la magistrada entiende que ni el ex conseller de Turisme del Govern ni los demás responsables de la empresa Costil SL -entidad explotadora del hotel Galatzó entre febrero de 2001 y marzo de 2003- cometieron delito alguno contra las condiciones de trabajo de la plantilla, y que desde esa última fecha en adelante las responsabilidades correspondían a la propiedad del establecimiento, es decir, a la mercantil Interba SA.
La querella del comité de empresa contra los directivos y administradores de Costil SL se basaba en la presunta ocultación de información respecto a que, a la vuelta de un expediente de regulación temporal de empleo por obras en el hotel, cesaría la actividad en el establecimiento por las deudas hipotecarias de la propiedad con una empresa prestamista.
La sentencia afirma que la demanda de ejecución hipotecaria contra la entidad propietaria del hotel fue presentada 42 días después de que entrase en vigor el expediente de regulación de empleo, que las obras contratadas por Costil SL -un sistema de climatización- se llevaron a cabo, y que el acuerdo suspensorio de contratos suscrito por los integrantes de la plantilla reflejaba que Interba SA se obligaba a hacerse cargo del personal asalariado con fecha 1 de marzo de 2003, lo que así sucedió aunque a la postre no pudiera darles ocupación efectiva.