La Audiencia de Palma ha ratificado en todos sus términos la sentencia de un Juzgado de Inca que condenó a la cementera Cemex España SA a indemnizar con 240.400 euros por daños morales y a 61.475 euros por daños materiales a 20 vecinos de Lloseta que la demandaron en 2000 por ruidos y emisiones contaminantes.
Los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia entienden probado que la cementera produce emisiones «no sólo sonoras sino de partículas a la atmósfera, que superan los límites reglamentarios y tolerables», con lo que rechaza la base fáctica sobre la cual asentó la empresa su apelación.
Según la Audiencia, los daños causados a los demandantes consisten en el envejecimiento prematuro de los vehículos; la merma de calidad del agua de estanques y aljibes por los sedimentos indeseados de polvo; y el envejecimiento prematuro del mobiliario, elementos exteriores e instalaciones eléctricas de las viviendas incluidas en el área de influencia del impacto de las emisiones.También recoge la sentencia que debido a las partículas sedimentadas y solidificadas que emite la cementera, se produce pérdida de valor en las construcciones afectadas; pérdida de rendimiento y valor comercial de las cosechas; incremento de los costes de explotación agraria y minusvaloración comercial de los productos por las mermas en su apariencia estética.