PEDRO AGUILO MORA
El Ajuntament de Calvià se ha gastado más de la mitad del dinero recibido por la recepción de las urbanizaciones de Nova Santa Ponça en el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente al solar que Hábitat Golf incluyó en la operación.
Según fuentes municipales, la dación en pago de una parcela de 6.348 metros cuadrados por parte de la empresa inmobiliaria que dirige Juan Nigorra Cobián estaba gravada con el IVA por haberse tratado de una transmisión efectuada por el promotor y haber sido la primera transmisión del mismo. De esta manera, el Consistorio que preside el popular Carlos Delgado ha tenido que abonar a Hábitat Golf Santa Ponça SL el importe correspondiente al IVA: 189.117,28 euros. Liquidado entonces el impuesto, el Ajuntament de Calvià sólo dispone ahora de 170.882,72 euros y un solar para subsanar unas deficiencias que los técnicos municipales cifraron en 1,9 millones de euros.
Cabe recordar que Delgado logró recepcionar las urbanizaciones de la familia Nigorra por el voto del tránsfuga Joan Thomàs.
La traición de Thomàs a la formación nacionalista fue vital para que el alcalde pudiera aprobar la recepción municipal de las urbanizaciones en los términos pactados con su amigo Juan Nigorra Cobián, ya que su socio de gobierno, Isidre Cañellas (UM) -aun estando de acuerdo en la necesidad de efectuar la recepción-, decidió votar en contra del convenio sellado por el alcalde y el promotor ya que consideró inadecuadas las condiciones en que esta se produciría. Los nacionalistas manifestaron su desacuerdo con el pacto suscrito entre el alcalde y el promotor inmobiliario, argumentando que la oferta de 360.000 euros y un solar para uso turístico no era suficiente para subsanar las deficiencias que presentaban y, en gran medida, siguen presentado las urbanizaciones.
UM siempre manifestó que el pago de la recepción debía materializarse en efectivo. Pero aún así, consintió que una parte del pago se llevase a cabo mediante la dación de unas parcelas destinadas al uso turístico. Aunque estableció como condición sine qua non que la parte a desembolsar en dinero tocante y sonante por Hábitat Golf no debía ser inferior a los 480.000 euros.