Síguenos F Y T L I T R
Campos

Un juez anula un decreto firmado por Prohens por no ajustarse a derecho

La sentencia advierte al alcalde que la discoteca que ordenó cerrar en 2004 cuenta con licencia

|

La sala segunda del juzgado de lo Contencioso-Administrativo a procedido a anular un decreto firmado por el alcalde de Campos, Andreu Prohens (PP), el 22 de enero de 2004, tras acordar que la resolución del presidente de la Corporación municipacampanera «no se ajusta a derecho».

El 2 de abril de 2004 el propietario del local donde está ubicada la sala de fiestas «7 Llunes» presentó un recurso contencioso-administrativo contra el decreto de alcaldía firmado por Andreu Prohens dos meses antes, en virtud del cual el Ajuntament de Campos denegaba el otorgamiento de licencia de apertura y funcionamiento a la citada discoteca. El Consistorio alegó que el recinto en cuestión no estaba adaptado al Real Decreto (RD) 2816/82 que aprobaba el reglamento general de Espectáculos Públicos y que el propietario de local había renunciado de forma tácita a la licencia de apertura otorgada en 1979 después de que la sala de fiestas hubiera permanecido cerrada durante 18 años.

Por contra, el recurrente aseguró en su escrito haber adquirido licencia de apertura y funcionamiento por silencio administrativo «en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 8/1995», y argumentó que el decreto de alcaldía «carece de motivación puesto que nada consta en el expediente administrativo instruido para denegar la licencia de apertura y funcionamiento». «Pero sí consta», añade el propietario del local sito en el número 11 de la calle Cosme Prohens, «un certificado del ingeniero industrial Asensio Covas en el que además de certificar que el local cumple las prescripciones normativas vigentes, adjuntaba un plano con las pequeñas modificaciones introducidas en el local para mejorar las vías de evacuación y seguridad del mismo y adaptarse así al RD 2816/1982».

De esta manera, el titular de la sala segunda del juzgado del Contencioso-Administrativo deduce que el recurrente (el propietario del local donde se encuentra ubicada la sala de fiestas» disponía en enero de 2004 de licencia en vigor para el ejercicio de la actividad de discoteca y, en consecuencia el decreto de alcaldía firmado por Andreu Prohens «no se ajusta a derecho».

Lo más visto